viernes, 16 de abril de 2010

VERSION TAQUIGRAFICA DEL DISCURSO DE PICHETTO EN EL SENADO SOBRE LA LEY DE CHEQUES (BUENISIMO)


Sr. Presidente. – Tiene la palabra el senador Pichetto.


Sr. Pichetto. – Señor presidente: compartimos los loables fines expresados por el señor senador Morales: la recuperación de la dignidad, de la integralidad, el concepto de Nación, que es algo que no escuché esta noche. Pero primero, quiero empezar por lo jurídico. Acá hay senadores que han ingresado a esta Cámara y creo que estamos en un año muy complicado, en el que no se aceptan los resultados. Y cuando no se aceptan los resultados, rompemos el Reglamento o, si no, rompemos la Constitución.

Además, rompemos la tradición de la Cámara, algo a lo que ya estamos acostumbrados en estos días. En estos tres meses, hemos roto todas las tradiciones. Ahora, estamos rompiendo, destrozando con argumentos, con artilugios, toda la historia de precedentes desde 2002 a la fecha.

Para cada una de estas modificaciones o prórrogas de la ley de impuesto al cheque, en el momento en que se votaba, cada secretario decía claramente que estábamos frente a una asignación específica y a una votación especial para la que se requería mayoría, y se contaba el número de senadores que votaban.

Esto ha sido así y no quiero estar leyendo ley por ley; pero si quieren, lo hago; y también podemos efectuar el repaso de los órdenes del día que tengo aquí sobre mi banca. El secretario Estrada, desde que ingresó, cada vez que terminaba la votación hacía mención específica a que se había votado con la mayoría especial que fija el inciso 3) del artículo 75 de la Constitución Nacional. Entonces, yo pido que reflexionemos. No quiero hacer –como dijo el senador Sanz– un discurso descalificador. Pero, realmente, están equivocados, gravemente equivocados.

Él incorporó el concepto de gravedad institucional. Se están sentando precedentes harto peligrosos. Vale todo, señor presidente, y lo usan a usted para hacer convalidar este tipo de situaciones de “vale todo”. “Como voy perdiendo, como no logro los treinta y siete votos, entonces, cambiamos la Constitución y su interpretación de los últimos años”. ¡No dejemos que esto ocurra, señor presidente!

Usted debe cuidar la aplicación de la norma, la historia de este Congreso, cómo se reguló este impuesto y cómo se votó cada una de las veces que hubo que votar. Hubo que hacerlo con la mayoría que fija la Constitución, no el Reglamento, sino la Constitución en su inciso 3º del artículo 175.

Estamos frente a una asignación específica, y no la puede modificar ninguna catarata de palabras mal dichas desde el punto de vista jurídico, que ha formulado el presidente del bloque de la Unión Cívica Radical. Por otra parte, quiero también contestar algunas de las expresiones vertidas por el señor senador Sanz. Me parece importante desentrañar ese debate de 2006, que también tuvo su resultado en términos de la votación con la mayoría especial que fija la Constitución en ambas Cámaras.

¡Nunca una prórroga ni una modificación de la asignación específica, como en el caso de 2006, que tenía además la misma finalidad y el mismo destino dentro del marco porcentual que le correspondía a la Nación, se dejó de votar con la mayoría especial que fija la Constitución! Pero me interesa dar lectura a lo que dijo el senador Capitanich, que era el miembro informante de la mayoría y presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda. Remarco esto porque resulta muy importante, en función de algo que voy a señalar a posteriori de la lectura de los dichos del senador Capitanich en el debate del 2006.

Es cierto todo lo que afirmó el senador Sanz de su exposición particular, dicha como un senador en el marco de ese debate. Y el senador Capitanich, como miembro informante, dijo: Señora presidenta [seguramente, era una mujer quien presidía la sesión en ese momento]: pedí justamente una interrupción para no dejar escapar el tema, porque me parece que amerita una evaluación desde el punto de vista técnico.

El artículo 3º de la ley 25.413 establece, efectivamente, que el 70 por ciento de este impuesto ingresará al Tesoro nacional y lo administrará el Poder Ejecutivo nacional con destino a los gastos que ocasione la emergencia pública declarada en el artículo 1º de la ley 25.561.

Es un caso parecido a la ley 25.239 y a la ley 25.717, en su artículo 11, respecto de la finalidad del financiamiento del sistema de la seguridad social. Siempre ocurre así desde el punto de vista de la especificidad. Lo que usted indica [se refería al senador Sanz], que es importante, se refiere a las diferencias entre la redacción del proyecto original y la redacción del proyecto del recinto.

En realidad, fue la diputada Graciela Camaño la que propuso la reforma en la versión taquigráfica obrante. Entonces, cuando se plantea el Título V y otras disposiciones –el artículo 6º– habla de la sustitución en el marco de lo normado [escuchen bien esto: habla de la sustitución en el marco de lo normado] del artículo 75, inciso 3), de la Constitución Nacional. Es importante remarcar que el artículo 75, inciso 3, de la Constitución establece la mayoría especial, desde el punto de vista de la afectación de los recursos.

En este sentido, el artículo 75, inciso 3), dice que es atribución del Congreso establecer y modificar asignaciones específicas de recursos coparticipables por tiempo determinado, por ley especial aprobada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada cámara. Por lo tanto, para eso se necesitan treinta y siete votos, en virtud de la mayoría especial de esta Cámara.

Continúa indicando que la ley, en su artículo 3º, decía que el 70 por ciento de este impuesto ingresará al Tesoro nacional y lo administrará el Poder Ejecutivo nacional con destino a la atención de los servicios de la deuda pública, contribuyendo a consolidar la sustentabilidad del programa fiscal y económico.
En realidad, se suprimió el párrafo que hace mención a la atención de los servicios de la deuda y el objetivo de contribuir a la sustentabilidad del sistema económico. En definitiva, se preserva la finalidad para la cual se estableció la afectación específica. Esto lo decía el miembro informante.

¿Por qué es importante lo que dice el miembro informante? Es importante en orden a la interpretación de las normas. La Corte Suprema tiene sentados reiterados precedentes que ratifican claramente que es doctrina que la primera regla de la interpretación de las leyes es dar pleno efecto a la voluntad del legislador.

Si bien es cierto que las palabras o conceptos vertidos en el seno del Congreso con motivo de la discusión de la ley son, en general, simples manifestaciones de opinión individual –como lo fue la del senador Sanz–, no puede decirse lo mismo de las explicaciones o aclaraciones hechas por los miembros informantes de los proyectos, pues tales explicaciones e informes constituyen, según la doctrina y la jurisprudencia, la fuente propia de la interpretación: fallo de 2005 en la causa “Salta, provincia, c/ Estado nacional s/ acción de amparo”. Está sentado ya de manera reiterada que el espíritu del legislador en la interpretación de las normas se define fundamentalmente por las expresiones del miembro informante; en este caso, el senador Capitanich, quien tenía esa función, dado que era el presidente de la Comisión de Presupuesto cuando se debatió el tema.


Sr. Sanz. – Señor presidente: solicito una interrupción.


Sr. Presidente. – Senador Pichetto: el senador Sanz le pide una interrupción. ¿Se la concede?


Sr. Pichetto. – Cómo no.


Sr. Presidente. – Para una interrupción, tiene la palabra el senador Sanz.


Sr. Sanz. – Con ese criterio que usted dice de que la Corte lo que ha hecho es dar validez a la interpretación que hicieron los miembros informantes respecto de cuestiones dudosas, la verdad es que, en estos casos concretos, cualquier afectación que pudiere hacer el bloque de una mayoría circunstancial, luego ser votada y explicada por el miembro informante adquiriría validez constitucional; y no es eso lo que ha querido hacer la Corte.

Ello es así a punto tal que, si usted sigue leyendo la contrarréplica de esa versión taquigráfica, verá que yo contesto a esto que acaba de indicar que manifestó Capitanich diciéndole que la supresión del párrafo del pago de los servicios de la deuda pública es, precisamente, la condición de especificidad que tenía en la Cámara de Diputados.

Entonces, finalmente, constituye una interpretación acerca de cuál es el alcance de la asignación específica. Pero insisto: lo que usted acaba de leer de la Corte no ha convalidado la interpretación del miembro informante, a mi juicio. Sr. Presidente.

– Continúa en el uso de la palabra el señor senador Pichetto.

Sr. Pichetto. – Son numerosos los fallos: 182.486, 186.258, 200.165, 281.147, 302.973, 312.529 y otros. Ha sido la línea que ha sostenido la Corte. Las opiniones particulares son legítimas, por cierto, y reflejan el parecer del legislador, pero para interpretar la norma, prima el criterio del miembro informante.

Respecto de lo que usted dice, también, el ex senador Capitanich le contestó en el cierre del debate: la segunda cuestión que quería poner en consideración era que, desde el punto de vista de la distribución del impuesto al cheque, en definitiva, entendemos que las modificaciones que se hacen al proyecto de ley que estamos en condiciones de aprobar cumplen los requisitos de afectación específica.

Por lo tanto, las modificaciones que se introdujeron en la Cámara de Diputados de la Nación no ameritan poner en duda una eventual inconstitucionalidad [que usted había planteado] sino, muy por el contrario, los recursos son de afectación específica, permiten al Tesoro Nacional afectarlos claramente al mantenimiento de la sustentabilidad del programa económico. Esta es la interpretación de la Corte, no la mía.

Es una línea clara desde el punto de vista de cómo se interpretan las normas y cuál ha sido, además, la doctrina pacífica de esta Cámara de Senadores, donde en cada una de las prórrogas, hemos votado con mayorías especiales haciendo mención puntual, clara y categórica por parte del secretario parlamentario, de que se votaba con la mayoría requerida en el artículo 75, inciso 3).

El camino que ha iniciado San Luis –para aportar un elemento mayor– recurriendo a la Corte define claramente que son asignaciones específicas que requieren de la aprobación, según lo establece el artículo 75, inciso 3) y, por lo tanto, es materia de discusión en el ámbito de la Corte Suprema. Hay algunas declaraciones de senadores que han abonado este criterio. La senadora Escudero dijo la semana pasada –no hace un año– en este recinto, con motivo de la sesión en minoría…


Sr. Rodríguez Sáa. – Pido una interrupción.


Sr. Presidente. – El senador Rodríguez Sáa le solicita una interrupción.


Sr. Pichetto. – ¡Cómo no!


Sr. Rodríguez Sáa. – La provincia de San Luis no firmó el acuerdo, no le comprende el acuerdo. Por eso tiene una demanda, no porque sea una asignación específica. No, nosotros no firmamos el acuerdo, aunque, tramposamente, en la sanción de la ley, donde firman todos, se incluye a la provincia de San Luis. Pero no firmó el acuerdo.

No firmó el acuerdo, por eso estamos en juicio, porque el Estado nacional no cumple.


Sr. Pichetto. – Es interesante dar lectura al orden del día de esa sesión en minoría ,porque la senadora Escudero –que en ese momento nos acusaba de querer vaciar el Congreso– decía claramente: Según nos hacen creer, el problema es que pusimos primero el tema del impuesto al cheque; pero quiero recordar que el artículo 75, inciso 3), de la Constitución exige para establecer o modificar asignaciones específicas de recursos coparticipables que hace falta la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada cámara.

Entonces, hacían falta treinta y siete votos en esta sesión para poder aprobar el proyecto de ley del cheque. Estaba claro que no los teníamos, que contábamos solamente con treinta y seis votos. Entonces ¿por qué no bajaron? ¿Por qué no bajaron si no teníamos los treinta y siete votos que exige la Constitución? No lo hicieron porque la estrategia era que el Senado no sesione. Hoy también algunos senadores que, en distintos programas de televisión…


Sra. Escudero. – Una interrupción; he sido aludida.


Sr. Pichetto. – Cómo no, senadora.


Sra. Escudero. – Quiero decir que el artículo 75, inciso 3), exige una mayoría especial cuando se detraen recursos coparticipables para darles una afectación específica; eso es así. Con la redacción que tenía el texto del dictamen, hacía falta, porque estábamos dando asignaciones específicas. La propuesta de modificación de hoy es la derogación. Para derogar afectaciones específicas no necesito mayoría especial. La mayoría especial se necesita cuando se quiebra el principio de que todo impuesto es coparticipable. Por eso es que se ha propuesto la modificación.


Sr. Pichetto. – La verdad es que tengo respeto intelectual por muchos senadores. A veces, lo que me violenta es que nos subestimen la inteligencia y que quieran articular expresiones para justificar lo injustificable.

¡Muchas veces me han dicho a mí, como miembro informante del oficialismo, que justifico cualquier cosa! Pero, la verdad, esto es poco sólido; resulta inconsistente, señor presidente. ¡Se cae a pedazos! Lo que van a hacer es generar una norma, si es que la sacan –si es que la Presidencia avala esta interpretación–, que no tiene ningún valor ni ninguna entidad; ¡que no pasa ni siquiera por un juez de faltas de Villa Echenagucía!

Porque ningún juzgado puede resolver esta norma que no tiene legitimidad. Lo digo con todo el respeto que tengo por los jueces de faltas de Villa Echenagucía. (Risas.) Señor presidente: en la última prórroga que hicimos por dos años, se dice claramente que se cumple con la mayoría especial que fija la Constitución.

La verdad es que no quiero ser redundante. Yo espero que exista criterio, tino; que podamos resolver de acuerdo con la Constitución. Ya no de acuerdo con el reglamento: de acuerdo con la Constitución. Ahora quiero hacer mención a algunas referencias que se han hecho acá desde lo político, porque me parece que también son importantes. Muchos senadores se arrogan la vindicación de la dignidad de las provincias. Yo también considero y opino, fundamentalmente, que, como hombre que represento a una provincia de la Patagonia, me interesa el destino de esa provincia.

Siempre estoy preocupado por ella. Por otra parte, quise gobernarla; así que me interesa el destino de los rionegrinos, como seguramente a todos los otros senadores les interesa su provincia de origen y defienden sus intereses. Esto es algo que nos vincula y nos une a todos.

Esta es la Cámara federal. Señor presidente: estamos debatiendo un tema que, indudablemente, en materia federal, es de discusión y de participación necesaria, primaria, excluyente de los gobernadores de provincias. Incluso, en algunos discursos, hasta se subestimó el rol de los gobernadores: los consideran personajes pusilánimes que se vienen a arrodillar ante el gobierno central o a rogar para que les manden la plata, o sea, personajes de menor cuantía a los que no hay que respetar nada.

Y yo digo que por algo son gobernadores y están gobernando las provincias, para lo que han tenido una legitimación popular. Yo creo que no podemos hacer ese tipo de evaluaciones. Justamente, muchos de esos gobernadores, la gran mayoría de los que han ido a dialogar con la señora presidenta, han sostenido la inconveniencia de tratar este tema de manera apresurada.

Estamos tratando un dictamen en el cual el oficialismo no participó. Se trató esa noche de impulsos desatados, de ese vendaval que arrolló todo y que citó a Marcó del Pont en el término de media hora y dictaminó sobre el proyecto de ley del cheque en horas de la noche, a las 20. Pero nosotros no participamos, tampoco lo hicieron los gobernadores y no se convocó a nadie. Este es el dictamen que estamos tratando.

¿Qué pedimos? ¿Qué venimos pidiendo? Que se postergue esta discusión para tratar de hacer un trabajo serio.

Porque a la presidenta, que está a cargo de la administración nacional, le vamos a tocar los recursos del Estado nacional sin decirle con qué los vamos a reemplazar, y en el medio de un proceso de presupuesto en marcha; ese es el momento en que le vamos a decir que va a dejar de percibir 9 mil millones y sin aclararle con qué los reemplazaremos, con qué resolveremos este bache que va a tener el presupuesto de la Nación.

Además, ni siquiera le permitimos terminar el diálogo con los tres gobernadores que, finalmente, van a concurrir a dialogar con ella el jueves de esta semana. No permitimos un proceso de evaluación o de cierre de este diálogo entre los gobernadores y la señora presidenta de la Nación para que, quizá, hasta de allí pueda surgir alguna alternativa que pueda resultar una salida inteligente, responsable y consensuada.

Yo escuché con atención al señor senador Verani. En verdad, su discurso me dejó la sensación de que, indudablemente, él no está satisfecho con esto; así lo expresó claramente.

Tal vez, podríamos haber trabajado con más tiempo, con más prudencia y con más responsabilidad. Precisamente, la responsabilidad, señor senador Morales, es todo un tema; para mí, es un tema central de la Argentina que estamos viviendo.

Miren: hay países como Colombia o como Canadá, donde las iniciativas en materia de impuestos que tienen que ver con la administración central del país están en cabeza del presidente porque él es quien tiene la visión completa e integral de la administración. Las leyes deben tener origen en el Poder Ejecutivo; eso no lo tenemos en nuestra Constitución, pero tampoco nunca ocurrió un hecho como este.

En la historia parlamentaria que va desde la transición democrática, desde 1983, a la fecha, siempre ha habido un espíritu colaborativo en las Cámaras de Diputados y de Senadores con el Poder Ejecutivo de turno.

Yo no recuerdo ningún hecho por el cual se desfinanciara al gobierno con alguna ley que se votara. Siempre hubo, además, responsabilidad institucional de los grandes partidos para que los presidentes, a mitad de período y cuando se modificaba la situación parlamentaria, arribaran al final de su mandato con todas las atribuciones y sin desfinanciar al Estado nacional.

En ese sentido, voy a recordar la última etapa del gobierno de Alfonsín, el inicio de la gestión de Carlos Menem, con la participación de ese gran legislador que fue César Jarovlasky, quien posibilitó la sanción de leyes económicas importantes en ese período crítico de hiperinflación, o el período donde el gobernador de la provincia de Buenos Aires, doctor Antonio Cafiero, colaboró con el doctor Alfonsín, aportando los votos necesarios para aprobar el presupuesto y otras leyes impositivas en la última etapa de la gestión de aquel, allá por los años 1987 y 1988, antes de las elecciones, lo que indudablemente le valió al doctor Cafiero la descalificación como colaboracionista del gobierno radical.

Y miren lo que voy a decir: creo que le provocó un demérito en el proceso interno que vivimos en el peronismo, cuando se eligió la fórmula presidencial, donde compitieron Menem y Cafiero. Creo que la responsabilidad extraordinaria de Antonio Cafiero en ese momento histórico fue fundamental para que el gobierno del doctor Alfonsín pudiera tener los instrumentos necesarios en el Parlamento. Hay otros países centrales que, indudablemente, tienen una sofisticación y una cultura que todavía aquí no se ha logrado. Ojalá que lo podamos hacer.

Creo que, si se recuperan verdaderamente los partidos nacionales en la Argentina, se puede construir una democracia de partidos y de programas que, indudablemente, le darán estabilidad al sistema político y hasta, quizás, se puedan encontrar hasta situaciones como ocurren en Inglaterra.

Me refiero a que cuando el oficialismo pierde en las elecciones de medio tiempo las representaciones de mayoría, la minoría le quita los representantes para que el oficialismo pueda imponer el modelo. El 80 por ciento u 85 por ciento de las leyes que se votan tanto en España como en Inglaterra y Francia son normas que tienen su origen en el Poder Ejecutivo.

Sra. Escudero. – Este es un sistema presidencialista.


Sr. Pichetto. – Sí, estamos en un sistema presidencialista. Y viene bien esta reflexión que me hace la senadora por Salta –que es positiva, aunque no le va a dar derecho a una interrupción–. No es un sistema europeo y parlamentario, en donde a mitad de tiempo se cambia el gobierno y se cambian las leyes o reglas económicas.

En ese sentido, recuerdo la cohabitación de Chirac con Balladur. Gobernaba el sector de la derecha o liberal en Francia, y gana el socialismo en las elecciones de medio tiempo, asume Baladour y hay una cohabitación de las dos fuerzas, algo típico o característico del gobierno francés. Un presidente que viene de la derecha y un primer ministro que viene de la izquierda, y cambia el modelo y el programa económico, lo pone a discusión en el Parlamento y, como tiene mayoría, lógicamente, aprueba las leyes que impone el primer ministro.

Esto, indudablemente, permite resolver los procesos de crisis que se manifiestan en los sistemas presidencialistas cuando el oficialismo pierde la mayoría en algunas de las Cámaras o cuando hay un sistema de equilibrios o de paridad muy inestable, como el caso del Senado que, en muchos casos, determina cuestiones vinculadas al bloqueo. Comprendo la indignación de algunos medios de comunicación cuando dicen que el Senado no sesiona. Les quiero decir que el Congreso americano, en el marco de la crisis, estuvo más de cinco meses sin sesionar.

Para ser más preciso, el parlamento canadiense hace dos meses que está bloqueado porque el oficialismo ha perdido la mayoría parlamentaria. Entonces, tampoco hay que dramatizar estas cuestiones ni ponerlas en el plano de que el mundo se va a caer si el Senado no sesiona. Esto ocurre en los países centrales y en la realidad política. Puede ocurrir que la sociedad defina con su voto situaciones de equilibrio, y mucho más en los sistemas presidencialistas.

Nuestro sistema es presidencial y, además, tiene un instrumento que permite resolver situaciones de bloqueo como el DNU, un instrumento que posee raigambre constitucional. Este es otro debate que vamos a dar oportunamente y sobre el cual no voy a avanzar, ya que esperamos dar la discusión en profundidad cuando se trate el tema del uso de las reservas.

No sé si es conveniente o bueno para la oposición avanzar en modificaciones de carácter impositivo y afectar situaciones económicas del Estado central. ¿Por qué? Porque si las consecuencias son negativas, van a pagar el precio sin estar a cargo del gobierno. Creo que la oposición, y esta es una reflexión particular, se tiene que preparar para ser gobierno y preparar su plan y su modelo de gobierno, si es que les toca gobernar por el voto de la ciudadanía. No creo que sea conveniente que ahora interfieran en decisiones propias de administración que son muy delicadas y muy sensibles para el país.

Estas son algunas de las reflexiones que quería dejar expresadas y considerar que está en usted la responsabilidad de hacer la interpretación. Desde ya que si se optara por una interpretación que vulnerara la historia parlamentaria de este impuesto, y se lo considerara una asignación específica, lógicamente que se abrirían caminos −ahora sí− de nulidad absoluta, como le gusta decir a la diputada Carrió, quien también ha encontrado una nueva construcción en el tratamiento de los DNU, consistente en la derogación por nulidad.

Se trata de una figura interesante que oportunamente discutiremos. De procederse de esa manera, se abriría un esquema de judicialización interminable que le daría a la presidenta todas las condiciones de factibilidad para la instrumentación de un veto. Por lo tanto, considero que deben hacerse las cosas bien.

Escuché decir en muchas oportunidades que había que debatir y aceptar el resultado. Hoy tuvieron el quórum, tuvieron el número, estamos debatiendo: aceptemos el resultado.

No hay comentarios:

Publicar un comentario